Rayos X intraoral
La NOM-229 excluye las aplicaciones odontológicas convencionales, pero el Reglamento de la Ley General de Salud somete a los consultorios con fuentes de radiación a su capítulo de sanciones. Algunos estados exigen licencia igual.
Los 20 puntos generales de la guía de autoverificación de COFEPRIS para consultorios de atención médica ambulatoria. Un consultorio dental se verifica con estas secciones.
Última revisión normativa: 2026-09-08
Aviso de Funcionamiento y Aviso de Responsable Sanitario.
Se guardan como documentos del consultorio con su fecha y quedan en el paquete de inspección.
Registro diario de pacientes.
Se llena solo con cada paciente que recibes en el sillón.
Documentación del personal de salud completa y actualizada.
Cada persona del equipo tiene su carpeta con título, cédula y vigencias en semáforo.
Título profesional a la vista del público.
Aparece como requisito con recordatorio, no como bitácora que se pueda dar por hecha.
Recetario impreso con nombre, institución, cédula profesional, domicilio, fecha y, en su caso, cédula de especialidad.
Las recetas se dictan y salen con esos datos ya puestos, listas para imprimir.
Expedientes completos con consentimiento informado, conservados mínimo 5 años.
Historia clínica, consentimientos y notas quedan firmados en la tablet y guardados con fecha.
Lavabo próximo al área de exploración con jabón antiséptico líquido, agua potable y toallas desechables.
Se confirma en el cuestionario de configuración y se revisa en la apertura del día.
Lavado de manos antes y después de atender a cada paciente.
Va como paso de barreras dentro del flujo de la visita, antes de habilitar el tratamiento.
Medicamentos e insumos con caducidad vigente, registro sanitario y almacenados según el fabricante.
Fotografías la caja y COFI saca nombre, lote, caducidad y registro sanitario; el semáforo avisa antes de que venza.
Comprobante de control y erradicación de fauna nociva, menor a 365 días naturales.
Se registra con el certificado adjunto y el semáforo cuenta los días que le quedan.
Registros o bitácoras de limpieza y desinfección de instalaciones y equipos.
Se dictan en voz alta y quedan clasificadas y firmadas, sin cuaderno.
Áreas de entrevista y exploración, recepción, sanitarios funcionales y área administrativa.
Queda declarado en la configuración inicial y se imprime en el reporte del consultorio.
Mobiliario, equipo e instrumental mínimo.
Cada equipo que declaras enciende sus propias obligaciones de mantenimiento.
Botiquín de urgencias con los grupos terapéuticos requeridos.
Se lleva como inventario con caducidades, no como una lista en la pared.
Abastecimiento de agua y limpieza o mantenimiento de cisternas y tinacos por lo menos una vez al año.
Obligación anual con recordatorio y bitácora de la última limpieza.
Determinación de cloro residual.
Bitácora periódica con el valor medido y quién lo midió.
Contrato vigente con empresa recolectora de RPBI y manifiestos, o adhesión a un plan de manejo externo.
El contrato vive con su vigencia y cada manifiesto se adjunta al recolectarse.
Separación y envasado de RPBI conforme a la norma.
Bitácora por recolección, con el tipo de residuo y quién la cerró.
Bolsa roja y contenedor rígido para punzocortantes.
Se revisa en la apertura del día junto con el resto de las barreras.
Sistema de refrigeración con control y registro de temperatura para biológicos.
Paso fijo de la apertura y del cierre, con la temperatura registrada y firmada.
La guía de COFEPRIS no tiene carácter vinculatorio ni sustituye una visita de verificación. COFI organiza tu evidencia; no sustituye asesoría legal.
Cada obligación que mostramos se rastrea hasta un texto legal mexicano vigente (DOF) o hasta la guía de autoverificación de establecimientos de atención médica ambulatoria de COFEPRIS (1ª edición, 19 de junio de 2026). Cuando la fuente no lo confirma con certeza, lo marcamos como “Confirma con tu asesor” en lugar de presentarlo como obligatorio.
Los tres puntos donde las fuentes no coinciden entre sí, o dependen del criterio del estado —rayos X intraoral, periodicidad de los testigos biológicos y óxido nitroso— se listan abajo, con la referencia y sin resolverlos por cuenta propia.
Sin importar el equipo que tengas o los servicios que ofrezcas, estas obligaciones aplican siempre. COFI las enciende solas desde el primer día.
En estos tres puntos las fuentes no coinciden entre sí o dependen del criterio del estado. COFI muestra la referencia; la decisión final es de tu abogado o tu COESPRIS.
La NOM-229 excluye las aplicaciones odontológicas convencionales, pero el Reglamento de la Ley General de Salud somete a los consultorios con fuentes de radiación a su capítulo de sanciones. Algunos estados exigen licencia igual.
COFI usa la periodicidad bimestral que marca la NOM-013. Es distinta de la semanal que recomiendan guías internacionales sin fundamento en norma mexicana; confirma con tu asesor cuál aplicar en tu caso.
No está resuelto si el óxido nitroso cae en el régimen de sedación de la NOM-006, lo que activaría o no una licencia sanitaria adicional. Es zona gris de alto impacto: consulta legal obligada antes de decidir.
COFI organiza tu evidencia contra la normativa vigente. COFI no sustituye asesoría legal ni una visita de verificación; para los puntos anteriores, confirma con tu abogado o tu COESPRIS antes de decidir.